Europa ultima para finales de año una Ley para que empresas, renting y rent a car incluyan vehículos eléctricos en sus flotas

La comisaria europea, Ursula von der Leyen, escribió una carta de su puño y letra al nuevo comisario de Transportes en la que le urgía a adoptar todas las medidas que sean necesarias para iniciar el proceso de descarbonización de las flotas de vehículos de empresa



FLEET PEOPLE - JUAN ARUS - 5 de Marzo de 2.025

La comisaria europea, Ursula von der Leyen, no se andaba precisamente con rodeos cuando, y tras renovar su mandato al frente de la institución europea, escribió una carta de su puño y letra al nuevo comisario de Transportes en la que le urgía a adoptar todas las medidas que sean necesarias para iniciar el proceso de descarbonización de las flotas de vehículos de empresa.

Dicho y hecho. Acompañando a la batería de medidas que ha suavizado los plazos para que los fabricantes de coches reduzcan las emisiones de sus automóviles a la venta —tendrán tres años en total ahora—, la Comisión Europea ha deslizado un documento emitido al Parlamento Europeo y, por ende, a todas las regiones comunitarias en el que asegura que está ultimando una normativa legal para que las empresas que operan en Europa adopten el vehículo eléctrico dentro de sus flotas de uso corporativo.

Así lo recoge el documento oficial, al que ha accedido Fleet People, y en el que se indica de manera clara que la Comisión Europea desarrollará una propuesta legislativa “que estudiará todas las opciones políticas para aumentar la adopción de vehículos de emisiones cero en las flotas de las empresas”.

Un aspecto crucial observado por esta publicación en el documento de la Comisión reside en la categorización de lo que es y lo que no es una flota corporativa, un dato importante porque de esa catalogación dependerá la dependencia —o no— de lo que dicte la próxima ley.

Definiendo lo que es una flota de empresarial

Muy consciente de que en la actualidad “la legislación de la UE no define qué se entiende por flota corporativa”, la institución detalla, es decir, efectúa un claro aviso para navegantes, en el sentido de que “a efectos de la presente Comunicación, todos los vehículos matriculados por una entidad jurídica (en contraposición a una persona física) se consideran vehículos de empresa” y estas “podrían dividirse en cinco grandes categorías” según el tipo de vehículo, a saber: los coches corporativos —como prestación en especie—, los coches de flota operativa de empresa, las empresas de renting, las empresas de rent a car y las automatriculaciones y matriculaciones de flota propia de los fabricantes de vehículos.

También se han tipificado de igual modo los taxis, el carsharing, el ride-hailing (Uber, Cabify), las actividades de última milla con derivados comerciales y los shuttles, además de camiones y buses, como término general.

Solo ha quedado excluido de la definición el transporte público.

Europa ha apuntado hacia estos sectores y se ha detenido especialmente en los gestores de flotas y las empresas de renting. “Los operadores de flotas, y en particular los más grandes, suelen estar en mejor posición para negociar los precios de compra de vehículos y también pueden beneficiarse de diversos incentivos fiscales, como las normas favorables de amortización fiscal, deducción del IVA o un tratamiento favorable del beneficio en especie”, detalla.

Y en el apartado de firmas de renting y leasing, la CE apunta a que este “es un mercado consolidado, dominado por un número relativamente pequeño de grandes operadores que son responsables de alrededor de tres millones de matriculaciones de vehículos nuevos al año, lo que representa aproximadamente el 30% de las ventas de coches nuevos”.

Legislación lista para finales de 2025

La alta institución ha especificado que esta propuesta se “está preparando para finales de 2025” y que formará parte de una serie de medidas “que ya pueden adoptar hoy los distintos agentes a nivel europeo, nacional, regional y local para acelerar la transición a los vehículos de emisiones cero en las flotas de las empresas”.

Al respecto, la CE ha explicado que “el mercado automovilístico necesita un refuerzo de la demanda ya” en este apartado, teniendo en cuenta que en este momento circulan 290 millones de vehículos en las carreteras europeas y que únicamente seis millones son completamente eléctricos.

“Las matriculaciones de vehículos corporativos, es decir, adquiridos por personas jurídicas y no físicas, representan alrededor del 60% de las ventas de automóviles en la UE. Y, en el caso de las furgonetas, autobuses, autocares y camiones, todo el mercado, es efectivamente corporativo, ya que casi ninguno de esos vehículos está matriculado a nombre de un cliente particular”, significa la institución, que justifica por ello que “de ahí que las medidas que se adopten en el segmento de las empresas puedan repercutir positivamente en el conjunto del mercado”.

Demanda acelerada de coches con cero emisiones

De acuerdo con la Comisión Europea, otra de las motivaciones de apostar por legislar con el coche de empresa reside en que “en general, los fabricantes de vehículos de la UE tienen cuotas de mercado más elevadas en los vehículos de empresa que en los particulares”.

Obligar a adoptar más vehículos eléctricos en las flotas de empresa, y más concretamente “una demanda acelerada de vehículos de emisiones cero por parte de las flotas corporativas”, como asegura la entidad, “puede ayudar a recuperar el crecimiento y la competitividad del sector europeo del automóvil y reducir el coste global de las operaciones durante la vida útil del vehículo para los operadores de flotas”.

En paralelo, la adopción de esta medida que entrará en vigor presumiblemente a partir de 2026 también “ayudará a los consumidores mejorando la oferta del mercado de coches de segunda mano y, por tanto, reduciendo los precios de los vehículos de emisiones cero”, expone la CE.


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